Leyes estatales en materia del patrimonio cultural Tomo III
En el proyecto de investigación sobre las Leyes Estatales en Materia del Patrimonio Cultural que cubrió toda la república con el objeto de obtener la normatividad que en materia de dicho patrimonio se ha emitido en el ámbito local por cada entidad federativa, quisimos llamar la atención acerca de la importancia de la labor que corresponde en este campo a los estados federados. Hemos constatado que prácticamente la totalidad de dichas entidades ha emitido ya sea específicamente o a través de otros cuerpos legales, normas específicas en la materia, lo que significa que el campo del patrimonio cultural en la actualidad es de interés tanto de la federación como de los estados que la conforman; en este sentido, el conocimiento y manejo de esta legislación estatal nos clarifica no únicamente las competencias legales de la federación y estados, sino los logros que se han obtenido en esa materia, así como los requerimientos presentes. Es menester aclarar que tanto en el tomo II, ya publicado, como en el III que ahora se presenta, hemos recogido las disposiciones jurídicas que, aunque tienen como objetivo regular otras materias, también se refieren al patrimonio cultural de los estados, siendo éstas los códigos de desarrollo urbano, las leyes de asentamientos humanos, los reglamentos y leyes orgánicas de institutos de cultura, convenios y acuerdos, entre otros. Dichas disposiciones jurídicas corresponden a los estados de Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas. Constituye una excepción la Ley del Patrimonio Cultural del estado de Jalisco que incluimos en este tomo, la que por su carácter específico correspondería al contenido temático del tomo I, respecto del cual es posterior. Con este tercer tomo concluimos la serie sobre Leyes Estatales en Materia del Patrimonio Cultural, misma que esperamos se constituya en una herramienta útil a los interesados en esta problemática, a las instituciones encargadas del desarrollo de dicha tarea, y sobre todo a los gobiernos de los estados, mismos que tienen una gran responsabilidad en su entidad en el ámbito del patrimonio cultural.